Fecha de Publicación: 18/11/1987
Página: 337-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 85

   Sustitúyese el inciso primero, del artículo 207 de la Ley N° 15.809, 
de 8 de abril de 1986, por el siguiente: 
   "Transfiérense del Programa 002 "Ejército", del Inciso 03 "Ministerio 
   de Defensa Nacional", al Programa 005 "Mantenimiento del Orden 
   Interno-Interior", del Inciso 04 "Ministerio del Interior", ciento
   ochenta cargos vacantes de Soldado de 2da. o Marinero de 2da. con sus
   respectivos créditos presupuestales, que se transforman en igual
   número de Agente de 2da.". 
   Las supresiones se dispondrán en forma proporcional al número de 
cargos vacantes en los Programas 002 "Ejército", 003 "Marina - Armada 
Nacional" y 004 "Fuerza Aérea", (artículo 182 de la Ley N° 15.809, de 8 
de abril de 1986).
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