Agréganse al numeral 2), del artículo 16 del Título 10 del Texto
Ordenado 1987 y modificativas, los siguientes literales:
"H) Los intereses de préstamos concedidos a empresas declaradas de
interés nacional de acuerdo al decreto-ley N° 14.178, de 28 de
marzo de 1974, para financiar proyectos de promoción industrial,
mientras no se reciba la financiación comprometida de
instituciones financieras, ya sean nacionales o extranjeras.
I) Las de arrendamiento de cámaras de frío prestadas por
cooperativas agrarias a sus asociados.
J) Las retribuciones personales obtenidas fuera de la relación de
dependencia, cuando las mismas se originen en actividades
culturales desarrolladas por artistas residentes en el país".