Asígnase al "Plan Nacional de Desarrollo para Obras Públicas
Municipales" que atiende el Estado, las partidas y destinos siguientes:
A) "Obras Municipales (Rentas Generales)", las cantidades de
N$ 319:400.000 (nuevos pesos trescientos diecinueve millones
cuatrocientos mil), para el año 1987; nuevos pesos 1.006:100.000
(mil seis millones cien mil), para el año 1988, y N$ 638:000.000
(nuevos pesos seiscientos treinta y ocho millones), para el año
1989, para la ejecución de obras de arquitectura, pavimentación
urbana y desagües pluviales en las Intendencias Municipales del
Interior; N$ 101:642.000 (ciento un millones seiscientos cuarenta
y dos mil), para el año 1987; N$ 247:730.000 (nuevos pesos
doscientos cuarenta y siete millones setecientos treinta mil),
para el año 1988 y N$ 203:321.000 (nuevos pesos doscientos tres
millones trescientos veintiún mil), para el año 1989, para la
ejecución de obras de agua potable y saneamiento por Obras
Sanitarias del Estado (OSE), en las Intendencias Municipales del
Interior.
B) "Obras Municipales (Endeudamiento Externo)", las cantidades de
N$ 998:759.000 (nuevos pesos novecientos noventa y ocho millones
setecientos cincuenta y nueve mil), para el año 1987;
N$ 1.799:800.000 (nuevos pesos mil setecientos noventa y nueve
millones ochocientos mil), para el año 1988 y N$ 1.161:620.000
(nuevos pesos mil ciento sesenta y un millones seiscientos veinte
mil), para el año 1989, para la ejecución de obras de
arquitectura, pavimentación urbana y desagües pluviales en las
Intendencias Municipales del Interior; N$ 436:469.000 (nuevos
pesos cuatrocientos treinta y seis millones cuatrocientos sesenta
y nueve mil), para el año 1987; N$ 1.063:253.000 (nuevos pesos mil
sesenta y tres millones doscientos cincuenta y tres mil), para el
año 1988 y N$ 799:772.000 (nuevos pesos setecientos noventa y
nueve millones setecientos setenta y dos mil), para el año 1989,
para la ejecución de obras de agua potable y saneamiento por Obras
Sanitarias del Estado (OSE), en las Intendencias Municipales del
Interior.
Las cantidades asignadas para la ejecución de obras de arquitectura,
pavimentación urbana y desagües pluviales, podrán ejecutarse hasta la
cantidad de: en 1987, N$ 1.248:448.119 (nuevos pesos mil doscientos
cuarenta y ocho millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil ciento
diecinueve); en 1988, N$ 1.248:448.119 (nuevos pesos mil doscientos
cuarenta y ocho millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil ciento
diecinueve); en 1989, N$ 1.718:323.969 (nuevos pesos mil setecientos
dieciocho millones trescientos veintitrés mil novecientos sesenta y
nueve).
Las cantidades asignadas para la ejecución de obras de agua potable y saneamiento por Obras Sanitarias del Estado (OSE), podrán ser ejecutadas:
en 1988, N$ 1.100:000.000 (nuevos pesos mil cien millones).
Las partidas con cargo a Rentas Generales y Endeudamiento Externo, serán administradas por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
Estas partidas se ajustarán en el mismo porcentaje y oportunidad en
que se aplique, por parte del Poder Ejecutivo, la facultad prevista por
el artículo 82 de la Ley N° 15.809, de 8 de abril de 1986.
Derógase el artículo 151 de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de 1986.