MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Amplíase la facultad otorgada a la Suprema Corte de Justicia por el artículo 123 de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de 1986, que comprenderá también la jurisdicción territorial de todos los Juzgados de Paz Departamentales y Juzgados de Paz del Interior.Ayuda