Transfiérese a partir del 1º de enero de 1987, al Renglón 200.812
"Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland -
Alcoholes", del Programa 002 "Prestación Integral de Servicios de Salud",
el crédito actualmente existente en el mismo renglón del Programa 001
"Administración Superior", por un monto de N$ 95.904,10 (nuevos pesos
noventa y cinco mil novecientos cuatro con diez centésimos).