Créase en el Programa 001 "Administración Superior", una partida de
N$ 18:100.000 (nuevos pesos dieciocho millones cien mil), en carácter de
proyecto de funcionamiento. La misma será destinada a atender
exclusivamente los gastos que demande el relevamiento topográfico, así
como la confección de las cartas y estudios necesarios para el
cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 15.845, de 15 de diciembre de
1986.
INCISO 08
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA