MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Autorízase al Estado (Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca), a transferir al Banco Hipotecario del Uruguay la suma de U$S 77.933,62 (dólares de los Estados Unidos de América setenta y siete mil novecientos treinta y tres con 62 centavos), depositada en la cuenta Nº 2222-31305/1 del Banco de la República Oriental del Uruguay. Dicha cifra se destinará a financiar los costos resultantes de la incorporación del núcleo habitacional a que refiere el artículo anterior, a las redes de agua corriente de Obras Sanitarias del Estado (OSE), y de energía eléctrica de Usinas y Trasmisiones Eléctricas del Estado (UTE). De existir saldos positivos, se destinarán a la construcción de viviendas de carácter social.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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