Fecha de Publicación: 31/12/1986
Página: 349-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 77

   El Poder Ejecutivo podrá fijar, en forma anual, a propuesta de la
Dirección de Contralor de Semovientes, Frutos del País, Marcas y Señales
(DICOSE), en función de la variación del índice general de precios del
consumo, los valores de costo de los formularios, fotocopias y carnés que
expida dicha Dirección, en cumplimiento de sus cometidos específicos.
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