Fecha de Publicación: 31/12/1986
Página: 349-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 64

    Fíjase en N$ 500 (nuevos pesos quinientos), el Precio de las planillas
de contralor que expida la Dirección Nacional de Subsistencias conforme a
lo establecido por el artículo 52 de la Ley Nº 10.940, de 19 de setiembre de 1947.
    Dicho precio se actualizará anualmente en la oportunidad y forma que
establece el artículo 277 de la Ley Nº 14.106, de 14 de marzo de 1973. 
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