Créase un fondo para apoyar la cooperación técnica económica
internacional de hasta N$ 8:000.000 (nuevos pesos ocho millones) anuales,
que será administrado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,
destinado a complementar el financiamiento de las contrapartidas
nacionales, así como las obligaciones contraídas por el país para la
ejecución de actividades vinculadas con programas de cooperación
internacional, derivados de acuerdos bilaterales y multilaterales.