Fecha de Publicación: 31/12/1986
Página: 349-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 26

   La redistribución de funcionarios dentro el Ministerio de Educación y
Cultura, a unidades ejecutoras cuyos cargos estén equiparados a otras
unidades del Presupuesto Nacional, no podrán efectuarse por grados
superiores al último grado ocupado del escalafón y serie de cargos
correspondientes de la unidad de destino.
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