Fecha de Publicación: 31/12/1986
Página: 349-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 224

    Modifícase el plazo establecido en los artículos 4° y 9° de la Ley
N° 13.102, de  18 de octubre de 1962 fijándose en su lugar, el de cuatro
años.
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