Fecha de Publicación: 31/12/1986
Página: 349-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 223

   Prorrógase hasta  en doce meses el plazo establecido por el artículo 5°
de la Ley N° 15.800, de 17 de enero de 1986.
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