Fecha de Publicación: 31/12/1986
Página: 349-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 188

    Agréganse al artículo 11 del Título 1 del T.O. 1982, los incisos
siguientes:

   "El costo de producción pecuaria, por hectárea de productividad media,
será calculado con exclusión del Impuesto al Valor Agregado (IVA),
incluido en los rubros que lo integran.

   El IVA incluido en los rubros que integran el costo de producción
pecuaria por hectárea de productividad media, también deberá calcularse a
los efectos de su posterior deducción". 
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