Fecha de Publicación: 31/12/1986
Página: 349-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 122

   Exonérase a los organismos de la Administración Central y al Banco de
Previsión Social, del tributo establecido por el artículo 554 de la Ley 
Nº 15.809, de 8 de abril de 1986.
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