Fecha de Publicación: 31/12/1986
Página: 349-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 110

 Sustitúyese el artículo 222 del decreto-ley número 14.416, de 28 de agosto de 1975, por el siguiente:
 "ARTICULO 222.- Autorízase a la Dirección Nacional de Correos a retener hasta doscientos sellos y hojitas filatélicas postales de cada emisión, con destino a intercambio obsequio y difusión, dando cuenta de su utilización al Poder Ejecutivo". 

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