MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Sustitúyese el artículo 222 del decreto-ley número 14.416, de 28 de agosto de 1975, por el siguiente: "ARTICULO 222.- Autorízase a la Dirección Nacional de Correos a retener hasta doscientos sellos y hojitas filatélicas postales de cada emisión, con destino a intercambio obsequio y difusión, dando cuenta de su utilización al Poder Ejecutivo".Ayuda