Fecha de Publicación: 16/12/1986
Página: 288-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Ley 15.838

Se exceptúan de los cometidos asignados al Instituto Nacional de Carnes el
control de instalación y funcionamiento de carnicerías en todo el
territorio nacional excepto en el departamento de Montevideo.

Poder Legislativo.

  El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del 
Uruguay, reunidos en Asamblea General, 

                                DECRETAN:

Artículo 1

   Se exceptúan de los cometidos asignados al Instituto Nacional de
Carnes (INAC) por el decreto ley 15.605, de 27 de julio de 1984, aquellos
que tienen relación directa con el control de instalación y
funcionamiento de carnicerías en todo el territorio nacional, excepto en
el departamento de Montevideo.

Artículo 2

   El control de instalación y funcionamiento referido precedentemente
será ejercido por las respectivas Intendencias Municipales a quienes
compete además otorgar las habilitaciones.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

  Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 5 de noviembre de 1986.- Enrique E. Tarigo, Presidente.- Mario Farachio, Secretario.

                           ____________

Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
 Ministerio del Interior.
  Ministerio de Economía y Finanzas.

                                   Montevideo, 14 de noviembre de 1986.

   Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.-

SANGUINETTI.- PEDRO BONINO GARMENDIA.- ANTONIO MARCHESANO.- RICARDO 
ZERBINO CAVAJANI.
Ayuda