El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, hasta tanto se apruebe la reestructura autorizada por el artículo
53 de la presente ley, adecuará, previo informe de la Oficina Nacional
del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación, las
estructuras de cargos del Inciso que figuran en los anexos, a la nueva
estructura programática que se aprueba por la presente ley.
Tal adecuación no podrá significar incremento en la respectiva
dotación presupuestal ni lesión de derechos funcionales.