CONSEJO DE MINISTROS
A partir de la aplicación del régimen de escalafones establecido en la presente ley, deróganse los artículos 1º al 25 de la Ley Nº 12.801, de 30 de noviembre de 1960 y sus modificaciones, así como toda otra norma legal de carácter general o especial que en forma directa o indirecta se oponga a dicho régimen.Ayuda