Fecha de Publicación: 21/04/1986
Página: 149-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 383

   Los funcionarios del SODRE, comprendidos en el régimen del artículo
21 de la Ley Nº 12.079, de 11 de diciembre de 1953, que acumulen dos 
cargos públicos, podrán ser exceptuados del tope horario previsto en el 
decreto-ley Nº 14.263, de 5 de setiembre de 1974, previo informe 
favorable de la Contaduría General de la Nación.
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