CONSEJO DE MINISTROS
Los proyectos de inversión contenidos en el planillado anexo a la presente ley, se podrán ejecutar en el ejercicio 1986 hasta N$ 10.094.408.000 (diez mil noventa y cuatro millones cuatrocientos ocho mil nuevos pesos), quedando excluidas de dicho monto las inversiones financiadas con proventos y fondos propios.Ayuda