Fecha de Publicación: 21/04/1986
Página: 149-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 342

   La Comisión Nacional de Energía Atómica, unidad ejecutora 008 del
programa 012 "Investigación para la Aplicación de la Energía Atómica"
tendrá por cometido asesorar al Poder Ejecutivo en materia de Política
Nuclear Nacional e Internacional; será presidida por el Director Nacional
de Tecnología Nuclear y se integrará con los restantes miembros que
designe el Poder Ejecutivo.
   El Poder Ejecutivo reglamentará el funcionamiento de la Comisión
Nacional de Energía Atómica, quedando facultado para modificar su
integración cuando lo estime conveniente.
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