Fecha de Publicación: 21/04/1986
Página: 149-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 328

   Asígnase a las unidades ejecutoras 09 "Dirección Nacional de Energía",
011 "Unidad Asesora de Promoción Industrial", 013 "Dirección de 
Metrología Legal", 014 "Dirección Nacional de Industrias" y 015 
"Dirección Nacional de Tecnología Nuclear", los siguientes montos en el
rubro 061.301 "Retribución Adicional por Trabajo en Horas Extras":
                                                    N$
      Unidad Ejecutora 009 (programa 013)         120.000
      Unidad Ejecutora 011 (programa 016)         120.000
      Unidad Ejecutora 013 (programa 003)         120.000
      Unidad Ejecutora 014 (programa 018)          70.000
      Unidad Ejecutora 015 (programa 012)         120.000
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