Fecha de Publicación: 21/04/1986
Página: 149-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 297

   Sustitúyese el artículo 38 del decreto-ley Nº 14.206, de 6 de junio de
1974, por el siguiente:
   "ARTICULO 38.- Antes del 31 de enero de cada año el Instituto Artigas
   del Servicio Exterior confeccionará, en base a los resultados de las
   pruebas, los exámenes y los informes de actuación funcional, una lista
   de precedencia con los aspirantes egresados el año anterior que hayan
   aprobado los cursos de formación. El Poder Ejecutivo proveerá las
   vacantes de Secretario de Tercera existentes al 31 de diciembre del
   año anterior, siguiendo el orden de precedencia establecido en la 
   referida lista".
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