Fecha de Publicación: 21/04/1986
Página: 149-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 296

   Sustitúyese el artículo 37 del decreto-ley Nº 14.206, de 6 de junio de
1974, por el siguiente:
   "ARTICULO 37.- El concurso de oposición y méritos tendrá lugar durante
   el segundo semestre debiendo publicarse su convocatoria en el Diario
   Oficial y en otros dos diarios, por lo menos sesenta días antes de la
   fecha de iniciación de las pruebas.
    La convocatoria incluirá información sobre el número máximo de
   estudiantes que serán admitidos cada año en los cursos de formación
   del Instituto Artigas y que no podrán exceder del doble de los cargos
   vacantes de Secretario de Tercera existentes en dicho año.
    Un tribunal designado por el Ministerio de Relaciones Exteriores
   evaluará los méritos y pruebas de los concursantes seleccionando a
   aquéllos que hayan obtenido las mejores calificaciones, hasta 
   completar el número de plazas fijadas por el Ministerio en la 
   convocatoria.
    El Ministerio celebrará con los concursantes seleccionados, contratos
   por una duración de seis meses a partir del 1º de enero del año 
   siguiente al año en que se realizó el concurso, renovables por seis 
   meses más si la actuación del estudiante lo justifica. Durante ese 
   período los aspirantes seleccionados deberán concurrir a los cursos de
   formación, rendir las pruebas, exámenes correspondientes, prestar 
   funciones en el Ministerio por un máximo de quince horas semanales".
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