Fecha de Publicación: 21/04/1986
Página: 149-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 154

   Transfórmanse en el programa 005 "Aeropuertos Nacionales", unidad
ejecutora 082, "Dirección General de Infraestructura Aeronáutica", los
siguientes cargos civiles: un AaB 05, Jefe Sector Radio Operador; un AcB
E3, Director Departamento Técnico Telecomunicaciones; un AcB E2,
Subdirector Departamento Radio Operador; un AcB E2, Subdirector
Departamento Técnico Telecomunicaciones; Seis AcB 12, Jefe Sección Radio
Operador; seis AcB 11, Subjefe Sección Radio Operador; un AcB 11, Subjefe
Sección Radio Telegrafista; seis AcB 10, Jefe Sector Radio Telegrafista;
tres AcB 09, Oficial I Radio Telegrafista; tres AcB 08, Oficial II Radio
Telegrafista; seis AcB 07, Oficial III Operador Teletipo, y cinco AcB 07,
Oficial III Radio Operador, en:
   Un AcB E3, Director Departamento Operador de Telecomunicaciones; dos
AcB E2, Subdirector Departamento Operador de Telecomunicaciones; un AcB
E1, Jefe Sección Operador Telecomunicaciones; seis AcB 12, Jefe Sección
Operador de Telecomunicaciones; siete AcB 11; Subjefe Sección Operador de
Telecomunicaciones; seis AcB 10, Jefe Sector Operador de
Telecomunicaciones; tres AcB 09, Oficial I Operador de
Telecomunicaciones, tres AcB 08, Oficial II Operador de
Telecomunicaciones, y once AcB 07, Oficial III Operador de
Telecomunicaciones.
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