Fecha de Publicación: 21/04/1986
Página: 149-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 150

   La unidad ejecutora 074 "Comando General de la Armada", del programa 003 "Marina Armada Nacional", podrá atender con sus proventos el pago de la compensación por trabajos realizados fuera del área del Servicio de
Construcciones, Reparaciones y Armamento, y las horas extras del personal
jornalero contratado con cargo a créditos presupuestales.
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