Fecha de Publicación: 21/04/1986
Página: 149-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 111

   Otórgase a los funcionarios que integran el Inciso 02 "Presidencia de
la República", programa 011 "Determinación y Aplicación de la Política de
Gobierno", subprograma 002 "Administración General", que presten
efectivamente servicios en el mismo, una compensación mensual del 30%
(treinta por ciento) de las remuneraciones de naturaleza salarial, por
concepto de permanencia a la orden. A tal efecto, increméntase en N$
26.000.000 (veintiséis millones de nuevos pesos) el renglón 061
"Retribuciones Adicionales", del programa 011 "Determinación y Aplicación
de la Política de Gobierno".
Ayuda