Fecha de Publicación: 24/04/1986
Página: 274-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 3

    Sustitúyese el artículo 2º del Decreto-Ley Nº 14.157, de 21 de febrero 
de 1974, que quedará redactado de la siguiente forma: 

   "ARTICULO 2º.- Las Fuerzas Armadas tienen por cometido fundamental
defender el honor, la independencia y la paz de la República, la
integridad de su territorio, su constitución y sus leyes, debiendo actuar
siempre bajo el mando superior del Presidente de la República, en acuerdo
con el Ministro respectivo, de conformidad con lo que establece el
artículo 168, inciso 2º, de la Constitución".
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