CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 25/02/1988.
El porcentaje del capital del Organismo que debe ser integrado por el Estado, se representará por acciones intransferibles de las cuales sólo podrán ser titulares el propio Estado u otras personas estatales. La intransferibilidad no regirá entre las personas estatales y entre éstas y el Estado.Ayuda