Fecha de Publicación: 20/03/1973
Página: 641-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 484

   La Suprema Corte de Justicia podrá superar los topes máximos que se 
establezcan conforme al artículo 29 del Proyecto de Ley de Contabilidad y 
Administración Financiera puesto en vigencia por decreto Nº 104/68, de 6 de febrero de 1968, determinando en cada caso la forma de contratación 
que se adopte.
Ayuda