LEY ORGANICA POLICIAL




Fecha de Publicación: 26/05/1971
Página: 329-A
Carilla: 1

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 8

   Créase dentro del Ministerio del Interior el Gabinete del Ministro
que estará integrado por:

A) La Inspección Nacional de Policía, cuyos cometidos se establecen
   en el capítulo siguiente;
B) La Ayudantía, cuyos cometidos serán reglamentados por resolución
   Ministerial,
 
                            CAPITULO II

                        JURISDICCION NACIONAL
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