Fecha de Publicación: 20/10/1970
Página: 149-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 98

   Extiéndese el régimen establecido por el artículo 177 de la Ley Nº 
13.640, de 26 de diciembre de 1967, a los funcionarios "Ayudantes 
(Expertos)" y "Ayudantes Técnicos" y de otras denominaciones de grados equivalentes o superiores del Escalafón Ac de los programas 01 al 10 del 
Inciso 8 con la limitación de la dotación legal actual del rubro respectivo. Los porcentajes serán calculados sobre los sueldos básicos vigentes al 31 de diciembre de 1968.
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