Destínase al Ministerio de Ganadería y Agricultura la suma de $
170:000.000 (ciento setenta millones de pesos) que se distribuirá de la
siguiente manera:
I) Aplicará con carácter prioritario los fondos requeridos para la
adecuación del Escalafón Técnico del Centro de Investigaciones
Veterinarias "Miguel C. Rubino".
II) Compensación de $ 15.000 (quince mil pesos) mensuales asignada a
los ingenieros agrónomos por el último parágrafo del artículo 275
de a Ley Nº 13.835, de 7 de enero de 1970.
III) Compensación a los médicos veterinarios que trabajan en las
Regionales de dicha Secretaría de Estado y a los que actúan
permanentemente en zonas rurales, por concepto de radicación en el
departamento donde desempeñan sus tareas.
IV) Compensación del 40 % a todos los funcionarios del Escalafón
Técnico-Profesional Clase AaA y AaB, incluido el Director del
Ministerio.
V) Compensación del 20 % a los funcionarios que perciban una
remuneración inferior a $ 25.000 (veinticinco mil pesos).
VI) La partida fijada en este artículo podrá ser reforzada con las
economías de los renglones 021 y 041 de los Programas 7.01 al 7.08
y 7.99.