Transfórmanse en Bg los cargos civiles de la Jefatura de Policía de
Montevideo, de acuerdo con las normas y cuadro de equivalencias
establecido en los artículos 76 y 77 de la Ley Nº 13.640, de 26 de diciembre de 1967. Los titulares de dichos cargos que no deseen pasar al
Escalafón Bg podrán optar, dentro de los treinta días de promulgada la presente ley, por pasar a la planilla de disponibilidad.