MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Derógase el artículo 20 de la Ley Nº 13.737, de 9 de enero de 1969. La derogación establecida por el inciso anterior no da lugar a la repetición de las sumas retenidas por disposición del artículo 20 de la Ley Nº 13.737, de 9 de enero de 1969.Ayuda