Ley N° 13892
Fecha de Publicación: 20/10/1970
Página: 149-A
Carilla: 1
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Artículo 48
Créanse en el Programa 3.05 "Seguridad Social" (Vivienda) los
siguientes rubros de gastos:
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Rubro 1 "Servicios no personales" 3.500.000
Rubro 2 "Materiales y artículos de consumo" 3.000.000
Rubro 3 "Maquinaria, equipos y mobiliario" 1.000.000
Rubro 5 "Construcciones, adiciones, mejoras y
reparaciones extraordinarias" 200.000
Rubro 9 "Asignaciones globales" 600.000
Total: 8.300.000
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