MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Las empresas mencionadas en el artículo anterior, no estarán amparadas por los beneficios que se otorguen por la presente ley, cuando recaigan sobre bienes que no estén afectados directamente al giro u operaciones que dan mérito a la misma y sobre importaciones y entradas de cualquier índole que no se relacionan directamente con el giro exonerado.Ayuda