Fecha de Publicación: 20/10/1970
Página: 149-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 439

   Las empresas industriales que fabriquen fertilizantes estarán 
exoneradas de los Impuestos al Patrimonio y a las Entradas Brutas, 
manteniéndose también la exoneración del Impuesto a las Ventas.
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