Fecha de Publicación: 20/10/1970
Página: 149-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 391

   Modifícase el artículo 191 de la Ley Nº 12.804, de 30 de noviembre de 1960, sus modificativas y concordantes, el que quedará redactado en 
la siguiente forma:

   "Artículo 191.- (Contrato de promesa de venta).- Los compromisos o 
contratos de promesa de compraventa de bienes inmuebles y de vehículos 
automotores a que se refiere el artículo 99 de la Ley Nº 13.420, de 2 de 
diciembre de 1965, aun cuando en ellos se declare recibir todo o parte 
del precio, podrán extenderse en papel simple, pero deberá reponerse un 
sello de $ 20 (veinte pesos) por cada hoja si el respectivo documento hubiere de presentarse ante cualquier autoridad del Estado.

   También se aplicará este procedimiento en las promesas de realizar actos o contratos que por disposición de la ley requieran para su validez 
el requisito de la escritura pública".
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