Fecha de Publicación: 20/10/1970
Página: 149-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 301

   Facúltase al Instituto Nacional de Viviendas Económicas para 
contratar, cuando la ejecución del Plan Nacional de Viviendas lo 
requiera, el personal técnico, especializado y administrativo que sea estrictamente indispensable para el cumplimiento de sus programas. A 
tales efectos auméntase en $ 7:000.000 (siete millones de pesos) el Renglón 021 del presupuesto de funcionamiento del Organismo, distribuyéndose por Programas de acuerdo a las necesidades.
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