Fecha de Publicación: 20/10/1970
Página: 149-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 266

   Las dotaciones presupuestales de los rubros de gastos del Inciso 
28, se incrementarán en las siguientes proporciones:

      Renglón 072                 un  50 %
      Rubro   1                   un 100 %
      Rubro   2                   un  30 %
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