Fecha de Publicación: 20/10/1970
Página: 149-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 235

   Agrégase al artículo 241 de la Ley Nº 13.835, de 7 de enero de 1970, 
el siguiente inciso:

   "Autorízase a la Corte Electoral a disponer de los excedentes en 
dinero que resultaren de las adquisiciones que realizare en uso de la 
facultad que le acuerda el inciso anterior, con destino a la compra de un 
inmueble en la ciudad de Rivera, para funcionamiento de la Oficina Electoral Departamental.

   Asimismo podrá, en caso de producirse nuevos excedentes, destinarlos a 
la reconstrucción, refacción, adaptación o alhajamiento de los inmuebles 
adquiridos".
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