Fecha de Publicación: 20/10/1970
Página: 149-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 229

   La compensación fijada por el artículo 195 de la Ley Nº 13.320, 
de 28 de diciembre de 1964, se aplicará sobre las retribuciones fijadas a 
los cargos respectivos en la presente ley.
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