La Asesoría Técnica de Arrendamientos, como Organismo de Derecho
Público, cumplirá las funciones de asesoramiento del Poder Judicial que
le encomienda la Ley Nº 13.659, de 2 de junio de 1968 y complementarias,
según el reglamento previsto por el artículo 7º de la Ley Nº 13.738, de
1º de mayo de 1969 y disposiciones generales que para mejor servicio establezca la Suprema Corte de Justicia.