Modifícanse a partir del 1º de enero de 1971, en el Inciso 16
"Poder Judicial", Programa 06, "Servicios Técnicos de Defensa y
Asistencia Letrada de Oficio Periciales y Registrales", los cargos que a
continuación se indican: 1 Subdirector Médico Legista en 1 Subdirector Médico Legista (al vacar Abogado notoriamente especializado en Medicina
Legal); 1 Jefe de División en 1 Jefe de División Médico; 1 Subjefe de División con $ 34.650 mensuales, en un Jefe de División con $ 36.850; 1
2do. Jefe de Laboratorio, en 1 2do. Jefe de Laboratorio (Químico Farmacéutico).