Fecha de Publicación: 20/10/1970
Página: 149-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 212

   Modifícanse a partir del 1º de enero de 1971, en el Inciso 16 
"Poder Judicial", Programa 06, "Servicios Técnicos de Defensa y 
Asistencia Letrada de Oficio Periciales y Registrales", los cargos que a 
continuación se indican: 1 Subdirector Médico Legista en 1 Subdirector Médico Legista (al vacar Abogado notoriamente especializado en Medicina 
Legal); 1 Jefe de División en 1 Jefe de División Médico; 1 Subjefe de División con $ 34.650 mensuales, en un Jefe de División con $ 36.850; 1 
2do. Jefe de Laboratorio, en 1 2do. Jefe de Laboratorio (Químico Farmacéutico).
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