Las remuneraciones básicas vigentes de los cargos del Poder Judicial
(Inciso 16 Programa 01 a 06 Planillas de Sueldos y Gastos) fijadas por
la Ley Nº 13.835, de 7 de enero de 1970, y que se pagan con cargo al
Rubro 0 Sub-Rubro 01 Renglón 010 Sueldos de cargos presupuestados, serán
incrementados a partir del 1º de enero de 1971 en un 25 % (veinticinco
por ciento).
Los importes mensuales determinados por el procedimiento indicado
precedentemente, se redondearán en la centena superior.