Fecha de Publicación: 20/10/1970
Página: 149-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 175

   Regirán para el Ministerio de Salud Pública (Inciso 12) las 
disposiciones de los artículos 122 a 126 de la Ley Nº 13.835, de 7 de 
enero de 1970, con excepción de lo dispuesto en el literal a) del 
artículo 123 de la citada ley, hasta para 40 (cuarenta) funcionarios, y con la determinación de que las contrataciones sólo podrán recaer en los 
titulares de los siguientes cargos: Director General de la Salud, 
Director de la División Arquitectura, Director de la División Asistencia, 
Director de la División Higiene, Director de la División Planificación, Director de la División Técnica, Director del Centro Departamental de Montevideo, Director del Centro Departamental de Paysandú, Director del Centro Departamental de Salto, Director del Centro Departamental de 
Soriano, Director de la Colonia Sanatorial "Gustavo Saint Bois", Director 
de Asistencia de Alienados Colonias "Dr. Bernardo Etchepare y Dr. Santín 
Carlos Rossi", Director del Hospital Maciel, Director del Hospital 
Pasteur, Director del Hospital Pereira Rossell, Director del Hospital 
"Dr. Pedro Visca", Director del Hospital Vilardebó, Director del 
Instituto de Ortopedia y Traumatología, Director Adjunto de la División 
Asistencia, Director Adjunto de la División Higiene, Director Adjunto del 
Hospital Pereira Rossell, Director del Departamento de Planificación de 
la División de Planeamiento, Director del Departamento Jurídico, Director 
de la Contaduría Central, Director del Servicio de Asistencia Externa, Inspector General de Hospitales, Escribano, Sub-Director de la División 
Arquitectura, Director General de Secretaría, Director de Secciones, Director de la División Administración, Sub-Director de la División 
Administración, Inspector General, Director de Planeamiento Presupuestario, Administrador del Hospital Maciel, Administrador del Hospital Pasteur, Administrador del Hospital Pereira Rossell, Administrador de la Colonia Sanatorial "Gustavo Saint Bois", 
Administrador de Asistencia de Alienados Colonias "Dr. Bernardo Etchepare 
y Dr. Santín Carlos Rossi", Administrador del Hospital Vilardebó.

   En el caso que los funcionarios que desempeñan los cargos mencionados 
anteriormente no opten por ser incluidos en este régimen, facúltase al 
Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de Salud Pública para 
designar a otros funcionarios, de la misma repartición, que los subroguen 
en las mismas condiciones preestablecidas.
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