Fecha de Publicación: 20/10/1970
Página: 149-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 160

   Los funcionarios presupuestados de la Dirección General del 
Registro de Estado Civil, en el cargo de Ayudante Archivero (artículo 100 
de la Ley Nº 13.320, de 28 de diciembre de 1964) y que no se hallen 
escalafonados, pasarán al Escalafón Administrativo, en el cargo 
correspondiente al sueldo que perciben. Esta modificación se realizará 
siempre que no signifique lesión de derechos ni aumento de retribuciones.
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