Fecha de Publicación: 20/10/1970
Página: 149-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 156

   Créase en el Programa 11.05 "Inscripciones y Certificaciones 
Relativas al Estado Civil de las Personas", el Renglón 072 "Compensación 
por tareas extraordinarias" con un monto de $ 1:500.000 (un millón quinientos mil pesos) anuales.
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